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Desobediencia en casos de violencia de género

    28/04/2017 | La SCBA hizo lugar a un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por el Fiscal de Casación, Dr. Carlos Altuve.

Desobediencia en casos de violencia de género

    28/04/2017 | La SCBA hizo lugar a un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por el Fiscal de Casación, Dr. Carlos Altuve.

Desobediencia en casos de violencia de género

    28/04/2017 | La SCBA hizo lugar a un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por el Fiscal de Casación, Dr. Carlos Altuve.

La Suprema Corte de Justiica de la Provincia de Buenos Aires hizo lugar a un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por el Fiscal de Casación, Dr. Carlos Altuve, y dejó sin efecto la sentencia del Tribunal de Casación Penal que había concedido la probation a un acusado de violar una orden de restricción  por violencia de género.


El Dr. Altuve había argumentado en su presentación, realizada el año pasado, que al tratarse de un caso de violencia de gènero, no podía beneficiarse al imputado con la suspensión de juicio a prueba, pues el Estado se encuentra obligado internacionalmente a garantizar a las víctimas el acceso a un juicio justo y medidas de protección que efectivamente se cumplan.

 

El Tribunal de Casación, en la sentencia ahora dejada sin efecto, había considerado que el delito de desobediencia tiene como vìctima a la administración pública y no configura violencia de género.

 

En la novedosa sentencia, la SCBA hizo lugar a los argumentos del Fiscal y expresó: “ si esa medida protectoria contra todo acto de violencia contra la mujer pudiera desobedecerse sistemáticamente, como aquí se ha denunciado, sin consecuencias, cuando la víctima y el representante fiscal han brindado fundadas razones por las que no han prestado su anuencia para una solución alternativa del conflicto, perdería todo efecto disuasorio”. 


Texto de la Sentencia SCBA P128468-1 

Texto del Dictamen P128468 

La Suprema Corte de Justiica de la Provincia de Buenos Aires hizo lugar a un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por el Fiscal de Casación, Dr. Carlos Altuve, y dejó sin efecto la sentencia del Tribunal de Casación Penal que había concedido la probation a un acusado de violar una orden de restricción  por violencia de género.


El Dr. Altuve había argumentado en su presentación, realizada el año pasado, que al tratarse de un caso de violencia de gènero, no podía beneficiarse al imputado con la suspensión de juicio a prueba, pues el Estado se encuentra obligado internacionalmente a garantizar a las víctimas el acceso a un juicio justo y medidas de protección que efectivamente se cumplan.

 

El Tribunal de Casación, en la sentencia ahora dejada sin efecto, había considerado que el delito de desobediencia tiene como vìctima a la administración pública y no configura violencia de género.

 

En la novedosa sentencia, la SCBA hizo lugar a los argumentos del Fiscal y expresó: “ si esa medida protectoria contra todo acto de violencia contra la mujer pudiera desobedecerse sistemáticamente, como aquí se ha denunciado, sin consecuencias, cuando la víctima y el representante fiscal han brindado fundadas razones por las que no han prestado su anuencia para una solución alternativa del conflicto, perdería todo efecto disuasorio”. 


Texto de la Sentencia SCBA P128468-1 

Texto del Dictamen P128468 

La Suprema Corte de Justiica de la Provincia de Buenos Aires hizo lugar a un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por el Fiscal de Casación, Dr. Carlos Altuve, y dejó sin efecto la sentencia del Tribunal de Casación Penal que había concedido la probation a un acusado de violar una orden de restricción  por violencia de género.


El Dr. Altuve había argumentado en su presentación, realizada el año pasado, que al tratarse de un caso de violencia de gènero, no podía beneficiarse al imputado con la suspensión de juicio a prueba, pues el Estado se encuentra obligado internacionalmente a garantizar a las víctimas el acceso a un juicio justo y medidas de protección que efectivamente se cumplan.

 

El Tribunal de Casación, en la sentencia ahora dejada sin efecto, había considerado que el delito de desobediencia tiene como vìctima a la administración pública y no configura violencia de género.

 

En la novedosa sentencia, la SCBA hizo lugar a los argumentos del Fiscal y expresó: “ si esa medida protectoria contra todo acto de violencia contra la mujer pudiera desobedecerse sistemáticamente, como aquí se ha denunciado, sin consecuencias, cuando la víctima y el representante fiscal han brindado fundadas razones por las que no han prestado su anuencia para una solución alternativa del conflicto, perdería todo efecto disuasorio”. 


Texto de la Sentencia SCBA P128468-1 

Texto del Dictamen P128468 

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