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Material de Abuso Sexual Infantil

Grooming

Material de Abuso Sexual Infantil (MASI)

La expresión material de abuso sexual infantil (MASI) refiere a cualquier tipo de contenido en el que se observe explotación o abuso sexual infantil. Puede incluir imágenes, vídeos o transmisiones en directo que muestren a personas menores de edad siendo sexualizadas, abusadas o explotadas sexualmente.


MASI: qué comprende y por qué es un delito

Es relevante establecer una diferenciación sobre qué es y cómo opera el consumo y la producción de MASI. Anteriormente se hacia referencia a este material utilizando el término “pornografía infantil”, se comprendió que era preciso dejar de hacerlo en tanto minimiza la gravedad del delito, pudiendo llevar a que las infancias no reciban el apoyo y la protección correspondiente. Esto, se debe a que el término “pornografía” alude usualmente a una situación consensuada entre personas adultas que participan en actos sexuales para su grabación y posterior distribución. Cuando en estas escenas hacen intervenir a menores de edad, nos encontramos frente a delitos de abuso sexual infantil. Por ende, no se trata de lo mismo y el contenido que se deriva de las acciones que vinculan a infancias con la producción de material de índole sexual se caratula como: material de abuso sexual infantil (MASI). A su vez, es importante señalar que no sólo la producción sino también la tenencia, distribución, facilitación y obtención de MASI vulnera los derechos de la infancias y adolescencias, por lo que también constituyen un delito.


El Grooming

El grooming consiste en la acción deliberada por parte de una persona de acosar a un niño, niña o adolescente con fines sexuales mediante el uso de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos. Los fines sexuales perseguidos por el groomer al establecer una conversacion pueden no limitarse a obtener una imagen, sino implicar la comision de otros delitos como abuso sexual con acceso carnal, corrupción de menores, e incluso a la trata de personas. El grooming consiste, en definitiva, en un proceso mediante el cual una persona establece un vínculo de confianza y/o control emocional con otra menor de edad, basado en manipulaciones y engaños con fines sexuales.
Para que exista grooming, no es necesario que efectivamente se envíen fotos o haya encuentro con el niño, niña o adolescente, alcanza con que ocurra el contacto telemático con una intención sexual. Cuando efectivamente suceda el envío de imágenes o videos sexualizados, el contenido puede ser utilizado para la gratificación personal del groomer, pero también para extorsionar a la víctima y/o para compartir en redes pedófilas o comercializarlo.


¿Qué hacer ante la detección de Material de abuso sexual infantil o Grooming?

Ante la detección de cualquiera de estos delitos, es importante denunciarlo mediante los distintos canales disponibles. Es fundamental que no borres nada, como también que no compartas ni difundas el enlace, vídeo, imagen, o material de cualquier índole, esta acción te convierte en una persona que difunde MASI, aunque sea con intención de denuncia. Tampoco lo compartas en grupos de mensajería instantánea y/o redes sociales. En caso de Grooming no continúes la conversación ni trates de engañar al acosador por el motivo que sea, puede entorpecer la investigación posterior o incluso imposibilitarla. Ante la primera sospecha denunciá.
Si sos vos quien está sufriendo alguna de estas acciones acercate a una persona adulta de confianza y contalo, puede ser a un familiar, un/a docente o entrenador/a. También podés denunciar vos mismo/a por medio de los canales que señalamos más abajo.
Si no sos vos quien está siendo víctima de estos delitos pero tomaste conocimiento, recordá que lo más importante es cuidar y escuchar lo que el niño, niña o adolescente tenga para expresar. Es preciso ser paciente y no pretender claridad sobre los hechos en el relato, prestar atención a los cambios de humor repentinos y acompañar el proceso.
En cualquier caso, la persona responsable de lo ocurrido es quien cometió estos delitos, incluso si en algún momento hubo algún tipo de consentimiento por parte de la víctima. Si tenés dudas o querés hablar con alguien, podés llamar de forma gratuita a la Línea 137 de asistencia y acompañamiento para víctimas de violencia familiar y/o sexual y asesoramiento para el acceso a la justicia, las 24 horas de los 365 días del año.


¿Dónde denunciar?

En cada departamento judicial existen fiscalías especializadas dependientes del Ministerio Público que funcionan de 8 a 14 hs. Podés encontrar las unidades fiscales más cercanas a tu domicilio en nuestro Mapa de Dependencias. o a través del sistema de denuncias online: Mi Seguridad. Más información sobre el sistema. Acceder a Mi Seguridad.
A su vez, podés acercarte a las comisarías o a la oficina de denuncia dentro de cada Fiscalía General. Asimismo siempre hay una fiscalía de turno a la que se puede acudir. Consultá cuál es la fiscalía de turno más próxima aquí.
También podés realizar tu denuncia o consulta a través de correo electrónico al Departamento de Delitos Conexos a la Trata de Personas, Ciberpedofilia y Grooming a la dirección areaconexos@mpba.gov.ar


Referentes por departamento judicial

Ley Micaela
Ley 15.134
Ley Micaela
Violencia Familiar y/o de Género
Violencia familiar
y/o de género