Departamento de Delitos Conexos a la Trata de Personas, Pornografía Infantil y Grooming
Titular:Dra. Eleonora Weingast.
Integrantes: Dra. María Soledad Kraemer. Dr. Juan A. Bravo. Dr. Gastón Campos Colantoni. Lic. Marina Lostaló. Julieta Martiarena. Traductora Pública Carla Di Biase.
La creación del área a cargo del Departamento de Delitos Conexos a la Trata de Personas, Pornografía Infantil y Grooming, se constituye como tal en el año 2016 como resultado de dos compromisos íntimamente ligados y asumidos por la República Argentina. El primero refiere a la responsabilidad asumida de perseguir y reprimir el delito de la trata de personas. El segundo se vincula con el convenio que el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribe en el 2013 con el Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados (NCMEC), para recibir reportes de pornografía infantil en Internet detectados en nuestro territorio. En relación al mismo, el Consejo Federal de Política Criminal junto con el Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina adhirieron al “Protocolo de Intervención urgente y colaboración recíproca en casos de detención de uso de pornografía infantil en Internet”, promoviendo la creación de una red de puntos de contacto que funcionase las 24 horas los 7 días de la semana (Red 24/7).
Dentro de las funciones del área se encuentra la de brindar apoyo institucional y coordinar esfuerzos con los equipos departamentales abocados a la investigación de estas problemáticas y asistencia a las víctimas. Por otra parte, recaba y analiza la información estadística generada a nivel departamental y provincial, a los fines de informar a los organismos pertinentes. De este modo se busca proponer estrategias de intervención, advertir nuevas modalidades delictivas, consensuar criterios de actuación, así como adoptar parámetros de gestión que permitan establecer prioridades de atención que tiendan a mejorar la calidad de respuesta del servicio de justicia. En el marco de estas responsabilidades es que también se encarga de proponer al Procurador General la adopción de políticas y medidas necesarias para asegurar mayor eficacia en la investigación de los delitos conexos a la trata de personas y pornografía infantil, al igual que para la protección y asistencia a las víctimas.
Así mismo, se encarga de realizar el Registro de delitos conexos a la trata de personas y elabora un anuario en función del mismo. Su publicación aborda aspectos estadísticos, consideraciones respecto a la labor desarrollada en un año y los resultados obtenidos por cada unidad especializada. A su vez controla la carga de datos estadísticos por parte de las correspondientes Unidades Funcionales de Instrucción y Juicio en las dos temáticas que le competen.
Por último pero no menos importante, teniendo en cuenta la necesidad de constante actualización, el área se encarga de impulsar actividades de capacitación y fomenta encuentros de trabajo anuales con el objetivo de reforzar las líneas de política criminal diseñadas desde esta Procuración General. Se busca a su vez estrechar vínculos de cooperación y asistencia con instituciones públicas y privadas -municipales, provinciales, nacionales y/o extranjeras- y organizaciones de la sociedad civil, con el fin de articular acciones concretas vinculadas con la materia o de generar nuevos convenios.
Procesamiento con Prisión Preventiva por delito de Trata de Personas menores de 18 años ?mediando concesión de pagos para obtener el beneficio de una persona que tenga autoridad sobre la víctima y abusando de una situación de vulnerabilidad? (artículo 145 ter del C.P., primer párrafo e inciso primero del tercer párrafo).-Embargo.-Secuestro de automóvil.-Resolución: Se confirma el Procesamiento, la Prisión Preventiva y el Embargo. Se sustituye el Secuestro de automóvil por Embargo Preventivo.-
Ofrecimiento de servicios sexuales y estupefacientes en varios departamentos. Auto de procesamiento por delitos de facilitación de la prostitución de menores de edad (art. 125 bis del C.P.) e infracción a las leyes 12.331 y 23.737, con traba de embargo. Acreditación de la presencia de menores y del comercio de estupefacientes (ausencia de secuestro de sustancias ilícitas). Resolución: se confirma el procesamiento en orden al delito previsto por el art. 125 bis del C.P.. Se decreta la falta de mérito para uno de los imputados por infracción a la ley 23.737.
Auto de procesamiento con prisión preventiva y embargo por delito de Captación de menor de 18 años con fines de explotación sexual, agravado por la utilización de engaños y amenazas. Testigos de identidad reservada. Validez de la prueba. Se acredita la presencia de mujeres ejerciendo la prostitución en un departamento privado. Conocimiento de la minoría de edad de la víctima. Resolución: se confirma parcialmente el procesamiento, modificando la calificación legal adoptada por la de Facilitación de la prostitución de un menor de 18 años de edad, agravado por haber mediado amenazas (art. 125 bis, tercer párrafo del C.P.). Revoca prisión preventiva. Derecho a permanecer en libertad durante el proceso.