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Resolución PG N° 710/20 - Medidas preventivas urgentes con relación al COVID-19

    25/10/2020 | Adhesión a la Resolución N° 60/20 del Presidente de la SCBA

Resolución PG N° 710/20 - Medidas preventivas urgentes con relación al COVID-19

    25/10/2020 | Adhesión a la Resolución N° 60/20 del Presidente de la SCBA

Resolución PG N° 710/20 - Medidas preventivas urgentes con relación al COVID-19

    25/10/2020 | Adhesión a la Resolución N° 60/20 del Presidente de la SCBA

En el marco de las diversas medidas adoptadas ante la emergencia sanitaria vigente, el Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, resolvió mediante el dictado de la Resolución PG N° 659/20 prórrogar la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesta por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/20 extendiéndose hasta el dictado de nueva normativa al efecto, al igual que las medidas dispuestas por la Resoluciones SCBA Nº 480/20, Nº 535/20, Nº 558/20 (en su parte pertinente conforme la Resolución Nº 593/20), Nº 567/20, Nº 583/20, Nº 654/20, Nº 655, Nº 707/20, Nº 711/20, Nº 720/20, Nº 742/20, Nº 743/20, Nº 749/20, Nº 750/20, Nº 757/20, Nº 758/20, Nº 768, Nº 819, Nº 838/20, Nº 878/20, Nº 921, Nº 952Nº 1120/20, y las Resoluciones SPL Nº 35/20, Nº 37/20, Nº 39/20 y Nº 41/20, Nº 46, Nº 47, Nº 48 y Nº 49, Nº 53/20, Nº 55/20 y Nº 56/20. -sus aclaratorias y complementarias respectivamente-, hasta el día 25 de octubre del presente año inclusive.


El dicho acto, se dispuso adherir a la Resolución SPL Nº 60/20 dictada por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia (Secretaría de Planificación) mediante la cual se ordenó la prórroga de la Resolución N° 480/20 de la Suprema Corte de Justicia. También se dispuso la prórroga de la Resolución PG N° 179/20, la cual establece la suspensión de los términos administrativos para todas las actividades de dicha índole que se desenvuelven en el ámbito del Ministerio Público, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan durante la vigencia del asueto.


Se reiteró asimismo la vigencia de las Resoluciones PG N° 206/20,  PG Nº 158/20, PG N° 183/20, PG N° 14/20 del Registro Digital Complementario, PG N° 193/20, PG N° 293/20, SG N° 36/20 y de las normas dictadas en consecuencia.

 

Como particularidad, se requirió al Fiscal del Tribunal de Casación de la Provincia, al Defensor del Tribunal de Casación de la Provincia, a los Fiscales Generales, a los Defensores Generales, a los Asesores Coordinadores, a la Curadora General y a los Secretarios de la Procuración General, la ratificación o rectificación, por correo electrónico (informespgen@mpba.gov.ar), hasta el 28 de octubre del corriente, inclusive, del plan de trabajo oportunamente elevado en los términos de la Resolución PG N° 206/20, basado en el sistema de teletrabajo, destinado a la atención de la totalidad de las funciones del organismo en su respectivo ámbito competencial -que comprenda pero no limitado a la atención de asuntos esenciales y urgentes- hasta el 8 de noviembre del corriente.


Ver Resolución PG Nº 710/20 


En el marco de las diversas medidas adoptadas ante la emergencia sanitaria vigente, el Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, resolvió mediante el dictado de la Resolución PG N° 659/20 prórrogar la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesta por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/20 extendiéndose hasta el dictado de nueva normativa al efecto, al igual que las medidas dispuestas por la Resoluciones SCBA Nº 480/20, Nº 535/20, Nº 558/20 (en su parte pertinente conforme la Resolución Nº 593/20), Nº 567/20, Nº 583/20, Nº 654/20, Nº 655, Nº 707/20, Nº 711/20, Nº 720/20, Nº 742/20, Nº 743/20, Nº 749/20, Nº 750/20, Nº 757/20, Nº 758/20, Nº 768, Nº 819, Nº 838/20, Nº 878/20, Nº 921, Nº 952Nº 1120/20, y las Resoluciones SPL Nº 35/20, Nº 37/20, Nº 39/20 y Nº 41/20, Nº 46, Nº 47, Nº 48 y Nº 49, Nº 53/20, Nº 55/20 y Nº 56/20. -sus aclaratorias y complementarias respectivamente-, hasta el día 25 de octubre del presente año inclusive.


El dicho acto, se dispuso adherir a la Resolución SPL Nº 60/20 dictada por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia (Secretaría de Planificación) mediante la cual se ordenó la prórroga de la Resolución N° 480/20 de la Suprema Corte de Justicia. También se dispuso la prórroga de la Resolución PG N° 179/20, la cual establece la suspensión de los términos administrativos para todas las actividades de dicha índole que se desenvuelven en el ámbito del Ministerio Público, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan durante la vigencia del asueto.


Se reiteró asimismo la vigencia de las Resoluciones PG N° 206/20,  PG Nº 158/20, PG N° 183/20, PG N° 14/20 del Registro Digital Complementario, PG N° 193/20, PG N° 293/20, SG N° 36/20 y de las normas dictadas en consecuencia.

 

Como particularidad, se requirió al Fiscal del Tribunal de Casación de la Provincia, al Defensor del Tribunal de Casación de la Provincia, a los Fiscales Generales, a los Defensores Generales, a los Asesores Coordinadores, a la Curadora General y a los Secretarios de la Procuración General, la ratificación o rectificación, por correo electrónico (informespgen@mpba.gov.ar), hasta el 28 de octubre del corriente, inclusive, del plan de trabajo oportunamente elevado en los términos de la Resolución PG N° 206/20, basado en el sistema de teletrabajo, destinado a la atención de la totalidad de las funciones del organismo en su respectivo ámbito competencial -que comprenda pero no limitado a la atención de asuntos esenciales y urgentes- hasta el 8 de noviembre del corriente.


Ver Resolución PG Nº 710/20 


En el marco de las diversas medidas adoptadas ante la emergencia sanitaria vigente, el Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, resolvió mediante el dictado de la Resolución PG N° 659/20 prórrogar la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesta por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/20 extendiéndose hasta el dictado de nueva normativa al efecto, al igual que las medidas dispuestas por la Resoluciones SCBA Nº 480/20, Nº 535/20, Nº 558/20 (en su parte pertinente conforme la Resolución Nº 593/20), Nº 567/20, Nº 583/20, Nº 654/20, Nº 655, Nº 707/20, Nº 711/20, Nº 720/20, Nº 742/20, Nº 743/20, Nº 749/20, Nº 750/20, Nº 757/20, Nº 758/20, Nº 768, Nº 819, Nº 838/20, Nº 878/20, Nº 921, Nº 952Nº 1120/20, y las Resoluciones SPL Nº 35/20, Nº 37/20, Nº 39/20 y Nº 41/20, Nº 46, Nº 47, Nº 48 y Nº 49, Nº 53/20, Nº 55/20 y Nº 56/20. -sus aclaratorias y complementarias respectivamente-, hasta el día 25 de octubre del presente año inclusive.


El dicho acto, se dispuso adherir a la Resolución SPL Nº 60/20 dictada por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia (Secretaría de Planificación) mediante la cual se ordenó la prórroga de la Resolución N° 480/20 de la Suprema Corte de Justicia. También se dispuso la prórroga de la Resolución PG N° 179/20, la cual establece la suspensión de los términos administrativos para todas las actividades de dicha índole que se desenvuelven en el ámbito del Ministerio Público, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan durante la vigencia del asueto.


Se reiteró asimismo la vigencia de las Resoluciones PG N° 206/20,  PG Nº 158/20, PG N° 183/20, PG N° 14/20 del Registro Digital Complementario, PG N° 193/20, PG N° 293/20, SG N° 36/20 y de las normas dictadas en consecuencia.

 

Como particularidad, se requirió al Fiscal del Tribunal de Casación de la Provincia, al Defensor del Tribunal de Casación de la Provincia, a los Fiscales Generales, a los Defensores Generales, a los Asesores Coordinadores, a la Curadora General y a los Secretarios de la Procuración General, la ratificación o rectificación, por correo electrónico (informespgen@mpba.gov.ar), hasta el 28 de octubre del corriente, inclusive, del plan de trabajo oportunamente elevado en los términos de la Resolución PG N° 206/20, basado en el sistema de teletrabajo, destinado a la atención de la totalidad de las funciones del organismo en su respectivo ámbito competencial -que comprenda pero no limitado a la atención de asuntos esenciales y urgentes- hasta el 8 de noviembre del corriente.


Ver Resolución PG Nº 710/20